Remitir las notificaciones impresas y enviar por correo ordinario certificado ademas de la notificacion por correo electronico
No me llegan las notificaciones por correo postal y deberia ser certificado, ademas del correo electronico
Apreciado/a, este es un espacio de propuestas de mejora de los servicios de administración digital que presta el Consorci AOC. Como tal, no es una mejora para nuestro servicio de notificaciones , el cual tal como prevee la legislación vigente, ya contempla la posibilidad de poner a disposición de los destinatarios una notificación electrónica enviada también en papel.
Para que las notificaciones le sean enviadas de las dos maneras, deberá contactar con el organismo que le está notificando. A continuación encontrará detalles sobre la puesta a disposición de las notificaciones en papel.
El artículo 42.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas dispone que «todas las notificaciones que se practiquen en papel deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria» . Con lo que para recibir notificaciones en papel, deberá indicar, al iniciar el procedimiento administrativo (al realizar un trámite, por ejemplo) que no desea ser notificado electrónicamente. De esta manera será notificado en papel, y también tendrá disponible la notificación electrónica tal como dispone la normativa. Por otro lado, si tiene iniciado un procedimiento con la administración, puede solicitar en cualquier momento el cambio de notificación electrónica a notificación en papel para dicho procedimiento.
Atentamente,
Consorci AOC